RETENCION
EN LA FUENTE
La retención en la
fuente no es un impuesto, es el recaudo anticipado del impuesto
sobre la renta.
Toda empresa sea de
persona natural o jurídica está en la obligación de entregar
anualmente al estado
un impuesto liquidado con base a sus utilidades obtenidas
durante el periodo
fiscal, entiéndase este como el periodo que va desde el 1r. de
Enero al 31 de
Diciembre, donde por ley es necesario hacer un cierre fiscal, para
determinar la
utilidad o la perdida obtenida por la empresa en el respectivo periodo.
Con base a esa
utilidad las empresas que son personas jurídicas deberán liquidar
un impuesto, de dicha
utilidad. Las personas naturales de acuerdo a la tabla que emite todos los años
el gobierno por medio de la DIAN.
Ese impuesto se
recauda en forma anticipada mediante el mecanismo de retención en la fuente.
Todos los años la
DIAN lista de acuerdo a la reforma tributaria las bases, los conceptos y los
porcentajes sujetos a retención en la fuente, para esta actualización se puede
ingresar a la página de la DIAN: www.dian.gov.co y a la página de ACTUALICESE:
www.actualecese.com. Por ser algo cambiante de acuerdo a lo que establezca el
gobierno en materia tributaria se enuncia las páginas donde se puede tener
acceso siempre a la información actualizada y no se incluye como tema de la cartilla.
Responsables o
agentes retenedores de retención en la fuente
Las personas
jurídicas y de hecho
Las uniones
temporales
Las personas
naturales que para tal efecto autorice la DIAN con base a las
disposiciones legales
A quienes no se les
practica retención en la fuente:
A no todas las
personas se les realiza retención en la fuente, algunos ejemplos son:
Las entidades del
Estado
A los
autorretenedores
Las entidades sin
ánimo de lucro (Siempre y cuando no sean sujetos de Impuesto de Renta)
Las cooperativas
Periodicidad
El retiene en forma
mensual y se presenta ante la DIAN a través de los bancos, quienes son los
encargados de recepcionar el pago. Para este pago se debe tener
en cuenta el
calendario tributario que publica la Administración de Impuestos y Aduanas
Nacionales anualmente, para estos casos.
Retención en la
fuente en el impuesto a las ventas
La retención en el
impuesto a las ventas se estableció con el fin de facilitar, acelerar y
asegurar el recaudo del impuesto sobre las ventas.
En la actualidad
existen unas tarifas que regulan las bases de Retención en la fuente según cada
caso particular.
Obligaciones de los
agentes retenedores
Retener cuando
realice el pago o abono en cuenta Consignar los dineros recaudados ante la DIAN
por medio de los bancos Expedir anualmente durante los tres primeros meses del
año siguiente los certificados de retención en la fuente realizados durante el
año inmediatamente anterior.
Llevar registros
contables donde se determine la base, el porcentaje y el valor retenido,
teniendo claridad sobre la cuenta, el tipo de retención y a quien se le realizó.
Dinámica de la cuenta
Representa: Registra
los importes recaudados por el ente económico a los contribuyentes o sujetos
Pasivos del tributo o título de retención en la fuente a favor de la dirección
de impuestos y Aduanas Nacionales, en virtud al carácter de
recaudador que las
disposiciones legales vigentes han impuesto a los entes económicos, como
consecuencia del desenvolvimiento del giro normal del negocio
cuyas actividades y
operaciones son objeto del gravamen.
Se acredita por: Por
el importe de la retención efectuada por el ente económico.
Se debita por: Por
los montos cancelados a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Ejemplo de retención
en la fuente en la compra (Declarante)
La empresa Comercial
Ltda., adquiere mercancía a crédito por valor de $5.000.000.00. Retención en la
fuente del 2,5%.
Liquidación:
Valor de la venta $5.000.000.00
Iva por pagar $
800.000.00
Retención en la
fuente (2,5%) $125.000.00
Valor a pagar $
5.675.000.00
Asiento contable
CODIGO CUENTA DEBE HABER
6205 COMPRA DE MERCANCIAS 5.000.000.00
2408 IVA POR PAGAR (Descontable)
800.000.00
2365 RETEFUENTE POR PAGAR 125.000.00
2205 PROVEEDORES 4.675.000.00
SUMAS IGUALES 5.800.000.00 5.800.000.00
Se puede observar que
quien realiza la compra es la persona encargada de efectuar la retención en la
fuente, como esta retención es para el estado, se lleva a una cuenta por pagar
denomina retención en la fuente por pagar.
Ejemplo de retención
en la fuente en la venta (Declarante)
La empresa Comercial
Ltda., vende mercancía a crédito por valor de $5.000.000.00. Le aplican una
retención en la fuente del 2,5%.
Liquidación:
Valor de la venta $5.000.000.00
Iva por pagar $
800.000.00
Retención en la
fuente (2,5%) $125.000.00
Valor a pagar $
5.675.000.00
Asiento contable
CODIGO CUENTA DEBE HABER
1305 DEUDORES CLIENTES 5.675.000.00
1355 ANTICIPO DE IMPUESTOS Y
CONTRIBUCIONES 125.000.00
2408 IVA
POR PAGAR 800.000.00
4135 CIO AL POR MAY.Y AL POR MENOR 5.000.000.00
SUMAS IGUALES 5.800.000.00 5.800.000.00
Se puede observar
nuevamente que quien realiza la compra es la persona
encargada de efectuar
la retención en la fuente, pero en esta situación para quien
vende al recibir un
menor valor de la operación se crea una cuenta por cobrar al
estado, denominada:
Anticipo de Impuestos y Contribuciones.
Tomando como base los
temas de iva y retención en la fuente se puede
concluir:
El iva lo genera
quien vende, es decir añade dicho valor a la operación comercial, de hay su
nombre: Impuesto al valor agregado.
En el caso de la
retención en la fuente, la realiza quien hace el pago, es decir, quien compra.
A diferencia del Iva,
el cual se maneja en una cuenta mayor denominada IMPUESTO A LAS VENTAS POR
PAGAR, donde se involucra tanto el iva generado como el iva descontado para
determinar bimestralmente el saldo a pagar al estado, o en su defecto el saldo
a favor, la retención en la fuente tiene dos connotaciones: La primera es que
en la venta se la descuentan a quien realiza la venta y su nombre es ANTICIPO
DE IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES, como es una cuenta por cobrar al estado se
maneja en los ACTIVOS, pero en el caso de las compras, quien compra retiene,
generando una cuenta por pagar (PASIVOS), que se denomina: RETENCION EN LA FUENTE
POR PAGAR.
OTRAS RETENCIONES:
ReteIca: se aplica
sobre la base
ReteIva: Se aplica el
15% sobre el valor del Iva (16%)
Cree: Se aplica sobre
el Ingreso
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